¿Qué es una verificación metrológica?
Es el conjunto de exámenes administrativos, visuales y técnicos que
tienen por objeto comprobar y confirmar que un instrumento de medida en
servicio mantiene desde su última verificación las características
metrológicas que le sean de aplicación, en especial en lo referente a
los errores máximos permitidos, así como que funcione conforme a su
diseño y sea conforme a su reglamentación específica y, en su caso, al
diseño o modelo aprobado.
¿Quién está obligado a solicitar la verificación metrológica?
Quienes utilicen o posean, a título de propiedad, arrendamiento
financiero u otras fórmulas financieras semejantes, un instrumento de
medida en servicio están obligados a solicitar su verificación
metrológica cuando así se establezca por orden ministerial específica
promulgada para cada tipo de instrumento.
En el caso de instrumentos de medida que tengan un uso itinerante,
la solicitud se presentará ante la Administración pública competente
donde esté situado el domicilio fiscal del sujeto obligado.
¿Cuándo se debe solicitar la verificación periódica?
Los titulares o poseedores de los instrumentos de medida sujetos a la
fase de verificación metrológica deberán solicitar la verificación
periódica antes de que finalice el plazo de validez de la anterior
verificación periódica.
El plazo de validez de la verificación periódica es distinto para cada
tipo de instrumento de medida, y viene indicado en la orden ministerial
que específicamente regula la fase de su verificación metrológica.
¿Qué es una verificación después de reparación o modificación?
Es el conjunto de exámenes administrativos, visuales y técnicos que
pueden ser realizados en un laboratorio o en el lugar de uso, que tienen
por objeto comprobar y confirmar que un instrumento de medida en
servicio mantiene, después de una reparación o modificación que requiera rotura de precintos,
las características metrológicas que le sean de aplicación, en especial
en lo referente a los errores máximos permitidos, así como que funcione
conforme a su diseño y sea conforme a su reglamentación específica y,
en su caso, al diseño o modelo aprobado.
¿Quién puede realizar la reparación o modificación de un instrumento sometido a control metrológico?
La reparación o modificación de los instrumentos sometidos a control
metrológico del Estado sólo puede ser realizada por persona o entidad
inscrita como reparador en el Registro de Control Metrológico, de
acuerdo con los requisitos establecidos en la legislación vigente.
Todas las actuaciones realizadas por un reparador autorizado estarán
documentadas en un parte de trabajo en formato díptico autocopiativo,
cuya primera hoja quedará en poder de la entidad reparadora y la
segunda, en poder del titular o poseedor del instrumento. En él se
anotará la naturaleza de la reparación, la fecha de la actuación, el
número de identificación del reparador autorizado, la identificación de
la persona que ha realizado la reparación o modificación, su firma y el
sello de la entidad reparadora.
¿Cuándo se debe solicitar la verificación después de reparación o modificación?
El titular o poseedor de un instrumento de medida que ha sido sometido a
una reparación o modificación que haya requerido rotura de precintos,
debe solicitar la verificación del mismo antes de su puesta en servicio.
¿Qué ocurre cuando no se supera la verificación metrológica?
Cuando el instrumento no supere la verificación, en cualquiera de sus
modalidades, debe ser puesto fuera de servicio hasta que se subsane la
deficiencia que ha impedido la superación.
Se hace constar esta circunstancia mediante una etiqueta de inhabilitación de uso,
especificando en la misma el tipo de instrumento de que se trate y la
calificación FUERA DE SERVICIO en letra mayúscula en negro sobre fondo
rojo. También figurará la entidad verificadora, su número de
identificación y la fecha en que se realizó el control que dió lugar a
la inhabilitación para el servicio.
En el caso de que dicha deficiencia no se subsane se adoptarán las
medidas oportunas para garantizar que el instrumento de medida sea
retirado definitivamente del servicio.